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Ayudas de la Junta de Andalucía para la rehabilitación energética

Desde el pasado 17 de febrero, personas, empresas y entidades públicas pueden acogerse al Programa de incentivos a la Rehabilitación Energética de Edificios (PREE) impulsado por la Junta de Andalucía.

Este plan tiene como objetivo reducir factura de la luz en viviendas unifamiliares, bloques de vecinos, inmuebles de uso administrativo, docente, sanitario y cultural, entre otros.

Entre las actuaciones que contempla se encuentran rehabilitar de forma integral una vivienda actuando sobre la cubierta, la fachada y las ventanas. Así como la incorporación de una instalación fotovoltaica con paneles solares con el fin de mejorar la eficiencia energética y reducir la factura de electricidad de los hogares y edificios andaluces.

Tipos de ayudas del Programa de incentivos a la Rehabilitación Energética de Edificios (PREE)

El Programa incluye 3 tipos de actuaciones para aumentar la eficiencia energética del sector de la edificación andaluz, que representa en torno al 20% del consumo de energía final:

  1. Mejora de la envolvente térmica para reducir la demanda energética en calefacción y climatización de los edificios existentes.
  2. Mejora de la eficiencia energética y de renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, ventilación y agua caliente sanitaria.
  3. Mejora de las instalaciones de iluminación para hacerlas más eficientes.

Todas estas actuaciones de ahorro y eficiencia energética en los edificios conllevan:

  • Por un lado, la reducción del consumo de energía y el aumento de las condiciones de confort y habitabilidad de los edificios
  • Y por otro, la disminución de las emisiones de gases de efecto invernadero con la consiguiente mejora de la calidad del aire de las áreas urbanas.

Así, se consigue un triple efecto: la reducción de la factura energética, la mejora de la salud de las personas, así como condiciones de vida más salubres en las ciudades y pueblos andaluces.

Incentivos del 15 al 85% de la inversión total

El incentivo base es del 35% de la inversión si se actúa sobre el edificio completo o de un 25% si se hace sobre una o varias viviendas/locales del mismo edificio. Tiene un límite máximo de 6.000 euros por vivienda en el caso de los usos residenciales. En el caso específico de la iluminación, la ayuda será del 15%.

Estos porcentajes se podrán incrementar con un incentivo adicional, de hasta el 85%, graduado en función de 3 parámetros

  • Criterios sociales (15% adicional), en el caso de actuaciones que se realicen en edificios de viviendas calificados bajo algún régimen de protección pública o situados en Áreas de Regeneración y Renovación Urbanas o Rurales, así como a los consumidores que tengan concedido el bono social.
  • Eficiencia energética (del 5 % al 15 %), cuando el edificio consiga calificación final A o B, o incremente dos o más letras.
  • Cuando se realicen simultáneamente varios tipos de actuaciones (del 10 al 20 % adicional).

Plazos de presentación

Del 17 de Febrero hasta el 31 de julio de 2021, o agotamiento de los fondos.

El plazo para la conclusión de las actuaciones (plazo máximo de ejecución) objeto de ayuda será de 18 meses desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

Cómo solicitar esta ayuda

La presentación de solicitudes se realizará de forma telemática a través de la plataforma de tramitación.

  1.  Lee detenidamente la convocatoria de los incentivos para conocer todos los requisitos y la documentación necesaria.
  2.  Cuando hayas decidido qué actuación de rehabilitación energética vas a acometer en tu vivienda, local o edificio obtén distintos presupuestos para elegir aquella empresa que más confianza te aporte.
  3.  Cumplimenta la solicitud ajustándote al formulario, que encontrarás en la plataforma telemática habilitada al efecto. Además debes rellenar las declaraciones responsables requeridas y aportar los certificados necesarios.
  4.  Presenta tu solicitud -junto a la documentación necesaria- ante el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante el certificado de firma electrónica correspondiente a la persona o entidad solicitante. Una vez presentada, y recibida la correspondiente comunicación de inicio a trámite, comenzará el análisis de tu solicitud.
  5.  Tras la revisión, si todo es correcto, la Agencia Andaluza de la Energía te notificará la resolución de concesión, en la que se indicará, entre otros extremos, el importe del incentivo concedido y los plazos máximos de ejecución y justificación

Toda la información sobre las condiciones de este programa y cómo solicitar las ayudas está disponible en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.

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